El artículo 4.5 de la Orden de 21 de abril de 2022, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público contempla la posibilidad de que, con ocasión de la celebración de las fiestas navideñas, cada municipio pueda ampliar en dos horas el horario de cierre de los locales y establecimientos contemplados en dicha Orden.
Con objeto de determinar las fechas en que se considera adecuado aplicar esta ampliación de horarios durante la celebración de las fiestas navideñas (Fiestas de Navidad, Año Nuevo y Reyes) y en qué medida se amplía dicho horario dentro del límite normativo,
La Alcaldesa del Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid)
HACE SABER:
Que, con ocasión de la celebración de las Fiestas Navideñas de 2024, los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público, que dispongan del correspondiente título habilitante para su puesta en funcionamiento conforme a lo dispuesto en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, pueden ampliar su horario de cierre respecto al horario ordinario que tengan autorizado, durante las siguientes fechas y en los siguientes términos:
-
Nochebuena (martes 24 de diciembre de 2024): En dos horas.
-
Fin de año/Nochevieja (martes 31 de diciembre de 2024): En dos horas.
-
Noche de Reyes (domingo 5 de enero de 2025): En dos horas.
Lo que se hace público para general conocimiento.