Declaración Institucional

DECLARACION INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EN MATERIA ANTIFRAUDE COMO ENTIDAD BENEFICIARIA DEL PLAN DE RECUPERACION, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (2020-2026),  FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA EN EL MARCO DE “NEXTGENERATIONEU”
 

El Ayuntamiento de Majadahonda manifiesta su compromiso en ser una institución abierta, transparente, accesible, íntegra y comprometida con la mejora continua de los servicios y las políticas públicas que presta a los ciudadanos, capaz de generar oportunidades de futuro y de progreso de la sociedad.

Para ello se compromete a cumplir y a trasladar a todos los trabajadores y a los ciudadanos en general los siguientes valores en el desarrollo de su actividad:

  • La honestidad y la dedicación como distinción principal del comportamiento colectivo.

  • La responsabilidad, la integridad y la eficiencia a la hora de administrar los recursos públicos.

  • Una gobernabilidad basada en la eficiencia en la toma de decisiones, la eficacia en su ejecución, la transparencia en su desarrollo y el ciudadano como eje fundamental de la acción política.

  • La cohesión y la convivencia en la ciudad como factores clave de desarrollo y progreso.

Por ello, este Ayuntamiento quiere manifestar su compromiso con los estándares más altos de cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y a la corrupción en cualquiera de sus formas.

Todos los miembros de su equipo directivo asumen y comparten este compromiso.

Ya este Ayuntamiento suscribió el Código de Buen Gobierno de la FEMP, que obliga a los miembros de la Corporación Local, miembros de los órganos de gobierno de los Organismos Autónomos y Sociedades Mercantiles municipales, titulares de los órganos directivos o que desempeñen funciones directivas y predirectivas al servicio de la administración local y habilitados nacionales.

El precitado Código de Buen Gobierno tiene por objeto el establecimiento de los principios a respetar en el desempeño de las responsabilidades políticas de gobierno y administración, así como las de dirección y gestión local, fijando los compromisos que reflejen los estándares de conducta recomendados y reforzando la calidad democrática de las instituciones locales.

Entre otras, se recoge el compromiso específico de:

  • Integrar la dimensión ética en el funcionamiento de las entidades locales.

  • Reforzar los estándares    de conducta en    el ejercicio de    las responsabilidades públicas

  • Reafirmar compromisos éticos en materia de conflictos de intereses

  • Desarrollar un exigente régimen de incompatibilidades y retribuciones

Todos los obligados al cumplimiento del citado Código vienen observándolo con rigurosidad.

Pero, por otro lado, también los empleados públicos se comprometen, de conformidad con los establecido por los artículos 52 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, a cumplir con el Código de conducta establecido, desempeñando con diligencia las tareas que tienen asignadas y velando por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, de conformidad con los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, así como con los principios que inspiran el citado Código.

Esta Entidad Local promueve una cultura que desalienta las actividades fraudulentas y que facilita su prevención y detección, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de esos supuestos. Así, entre otras medidas, el Ayuntamiento procede a aprobar en este mismo acto su Plan Antifraude y los procedimientos y medidas que el mismo recoge para evitar y, en su caso corregir, posibles conflictos de intereses o potenciales situaciones de fraude.

Las funciones de control y seguimiento corresponderán a la Comisión Antifraude, que contará con la colaboración de todos los miembros de la corporación, empleados públicos y trabajadores del Ayuntamiento. También cuenta con la colaboración de los diferentes responsables y gestores de procesos para asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad y garantizar, en su caso, la debida diligencia en la implementación de medidas correctoras.

En definitiva, el Ayuntamiento adopta una política de tolerancia cero frente al fraude y la corrupción y ha establecido un sistema de control robusto, diseñado especialmente para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse.