Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2024, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

4.(027/24) Aprobación, si procede, del Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Deportes para el periodo 2024-2027.

Puede descargarse a continuación:

Pulse sobre el título de la ayuda/subvención para el despliegue de la información
Fecha de publicación 23/04/25
Inicio plazo
24/04/25
Fin plazo
9/05/25
Periodo de participación Abierta

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el periodo subvencionable de la convocatoria?

Artículo Segundo de la convocatoria: Ayudas económicas […] para apoyar durante el año 2024

El periodo subvencionable es del 1 de enero 2024 al 31 de diciembre de 2024

¿Puede solicitarlo cualquier club deportivo?
Artículos 1 y 2 de las Bases Reguladoras: Podrán optar a la subvención aquellos clubes deportivos de modalidades reconocidas por alguna federación deportiva madrileña o española, u otras actividades deportivas autorizadas por la Concejalía de Deportes de Majadahonda, que desarrollen su actividad en el Municipio de Majadahonda, siempre que el club no sea gestor de alguna concesión administrativa municipal. 
¿Las actividades se plantean por temporada o por año natural?
Las actividades deben estar planificadas y realizarse dentro del periodo subvencionable: 1 de enero 2024 a 31 de diciembre de 2024
¿Cuál es la cuantía total de las ayudas?
La dotación presupuestaria de la convocatoria es de 90.000 € a repartir entre todos los clubes que cumplan los requisitos y tramiten su solicitud en los plazos establecidos.
¿Qué cantidad se puede solicitar?

El importe de la solicitud no deberá superar el 10% de la dotación presupuestaria de la convocatoria (9.000 €).

Estas ayudas son compatibles con cualquier otra subvención o ayuda, siempre y cuando la suma de los importes concedidos no supere el 80 por 100 del coste de las actividades para las que se solicita la subvención.

Al realizar la solicitud se deberá tener en cuenta también que la cantidad adjudicada no superará, en ningún caso, la reflejada en la solicitud.

¿Qué anexos debemos presentar con la solicitud?

Deben presentarse todos los anexos con la solicitud, incluidos los anexos de justificación. 

Puede descarga los anexos en este enlace.

¿Debo presentar todos los anexos?

Si no tienen actividad incluida en el artículo 8 f, no será necesario presentar el anexo VIII.

Si no ha realizado eventos incluidos en el artículo 8 h, no será necesario presentar el anexo IX.

Si no aplica precios públicos, no será necesario presentar los anexos XIV y XV.

Aparte de los anexos, ¿debo presentar otra documentación con la solicitud?

Sí. Con la solicitud (anexo I) hay que presentar:

  • Copia del CIF. 
  • Copia de la resolución administrativa por la que la Entidad solicitante está inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
  • Registro de la Comunidad de Madrid de la Junta directiva actualizada.

Para acreditar los criterios de valoración recogidos en los anexos VII y VIII deben presentarse:

  • Listado de deportistas empadronados en Majadahonda (nombre, apellidos, DNI).
  • Si procede, Certificado del Área deServicios Sociales del Ayuntamiento de Majadahonda con el número de deportistas en riesgo de exclusión social beneficiarios de becas de gratuidad.
  • Si tienen deportistas con discapacidad: Certificado de discapacidad emitido por la Comunidad de Madrid o Carnet de Plata del Ayuntamiento de Majadahonda en vigor de cada deportista que cumpla la condición.
  • Si aplican las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales por la utilización de las instalaciones, servicios y actividades del Servicio de Deportes para la modalidad o actividad que se trate, vigente en cada ejercicio, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal:
    • Declaración responsable de aplicación de tarifas de la Ordenanza Municipal.
    • Carnets de familia numerosa emitidos por la Comunidad de Madrid en vigor en el momento del periodo subvencionable.
    • Listado de deportistas miembros de familias numerosas (nombre, apellidos, DNI) beneficiarias de la aplicación de tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales.
    • Listado de deportistas empadronados en Majadahonda mayores de 65 años (nombre, apellidos, DNI).
  • Para acreditar las actividades organizadas, que han sido notificadas y autorizadas por la Concejalía de Deportes:
    • Certificación federativa en el caso de la organización de competiciones federadas oficiales: Campeonatos de España, Copa del Rey/de la Reina, Campeonatos de Madrid, Play-off y competiciones internacionales. 
    • Certificado expedido por la Concejalía de Deportes en el caso de colaboraciones en la organización de actividades de la Concejalía de Deportes de Majadahonda y organización de competiciones que aparezcan en el Programa de las Fiestas Patronales de Majadahonda.
  • Certificación federativa de datos aportados en Anexo VII y Anexo VIII.

Para justificar la subvención, además de los anexos XI a XV, deben presentarse:

  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Facturas y documentos bancarios justificativos del pago a terceros.
  • Documentos bancarios de justificación del cobro a usuarios/socios beneficiarios de la aplicación de bonificaciones, si procede.

 

¿Cuáles son los criterios de valoración?

El procedimiento de concesión de la convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Los criterios objetivos para la concesión de la subvención se definen en el artículo 8 de las Bases Reguladoras.

Serán los siguientes:

a) Actividades integradas en el proyecto.

b) Ámbito territorial siempre referido a lo dispuesto en el artículo 2.1.

c) A la puntuación final obtenida, se le aplicará el siguiente factor corrector basado en la masa social del club, suma de socios federados y no federados:

  • Menos de 50 usuarios en total: puntuación obtenida * 0,25
  • 50 a 100 usuarios en total: puntuación obtenida * 0,50
  • 100 a 150 usuarios en total: puntuación obtenida * 0,75
  • Más de 150 usuarios: puntuación obtenida * 1,00

d) Por aplicación de las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales por la utilización de las instalaciones, servicios y actividades del Servicio de Deportes para la modalidad o actividad que se trate, vigente en cada ejercicio, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal:

d.1. Aplicación de bonificación a mayores de sesenta y cinco años: bonificación del 50 por 100 (10 puntos).

d.2. Aplicación de bonificación a familias numerosas: 

  • -    Familia numerosa de categoría general: bonificación del 25 por 100 (10 puntos).
  • -    Familia numerosa de categoría especial: bonificación del 40 por 100 (10 puntos).

d.3. Aplicación de bonificación a discapacitados poseedores del carné de plata del Ayuntamiento de Majadahonda: bonificación del 50 por 100 (10 puntos).

d.4. Becas/gratuidad a deportistas empadronados en Majadahonda en riesgo de exclusión social (2 puntos por deportista becado).

e) Alcance del proyecto subvencionado en cuanto a deportistas:

e.1. Usuarios deportistas empadronados en Majadahonda (1 punto por cada socio empadronado en Majadahonda).

e.2. % de empadronados respecto a los usuarios totales del club: 

  • Más de un 80% de usuarios empadronados en Majadahonda: 5 puntos por cada 1%.

e.3. Si se aplican las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos vigente respetando las bonificaciones:

  • Si se beneficia de la aplicación de estas tarifas menos de un 15% del total de usuarios: 0 puntos.
  • Si se benefician de la aplicación de estas tarifas del 16 al 49% del total de usuarios: 1 punto por cada 1% de usuarios empadronados en Majadahonda.
  • Si se benefician de la aplicación de estas tarifas del 50 al 79% del total de usuarios: 3 puntos por cada 1% de usuarios empadronados en Majadahonda.
  • Si se benefician de la aplicación de estas tarifas el 80% o más del total de usuarios: 5 puntos por cada 1% de usuarios empadronados en Majadahonda.

e.4. Número de licencias federativas (0,5 puntos por cada licencia individual).

e.5. Promoción del deporte femenino (2 puntos por cada 1%; siempre y cuando se tenga un mínimo del 15% de deportistas femeninas y un mínimo de 15% de deportistas masculinas. Se valorará hasta un máximo de 100 puntos).

e.6. Promoción del deporte adaptado e inclusivo (1 punto por cada 0,1%. Se valorará hasta un máximo de 100 puntos).

e.7. Promoción del deporte Mayores de 65 años, siempre y cuando se apliquen las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales vigente, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: 1 punto por cada 1% de usuarios mayores de 65 años (se valorará hasta un máximo de 50 puntos). 

e.8. Promoción del deporte Familias numerosas general y especial, siempre y cuando se apliquen las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales vigente, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: 1 punto por cada 1% de usuarios de familia numerosa (se valorará hasta un máximo de 50 puntos). 

f) Participación en competiciones incluidas en el calendario oficial de la federación correspondiente:

f.1. Ligas autonómicas, Campeonatos de Madrid, Circuito de Madrid o equivalente (10 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación del club).

f.2. Ligas nacionales, Campeonatos de España, Circuito Nacional, Copa del Rey/de la Reina (25 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación del club).

f.3. Campeonatos de Europa o mundiales de clubes, Copa de Europa o mundial de clubes, Liga Europea o mundial de clubes (30 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación del club).

g) Actividades que permitan la formación y desarrollo de los deportistas dando continuidad en todas las franjas de edad en ambos géneros:

  • No tiene licencias en todas las categorías de edades comprendidas entre los 8 y los 18 años (1 punto por categoría y género en que tiene licencias).
  • Tiene licencias de deportistas de todas las categorías de edades de 8 a 18 años (o más) en un género (35 puntos. Además, sumará 1 punto por categoría, de 8 a 18 años en las licencias si en un género no tiene todas las edades completas). 
  • Tiene licencias de deportistas de todas las categorías de edades de 8 a 18 años (o más) en ambos géneros (70 puntos).

h) Eventos organizados en el municipio de Majadahonda:

h.1. Competiciones oficiales que fomenten la participación y promoción de la modalidad deportiva en el municipio (quedan excluidas las ligas regulares):

  • Nivel autonómico: Campeonatos de Madrid y torneos oficiales incluidos en el calendario de la federación deportiva autonómica (5 puntos por evento).
  • Nivel nacional: 
    • Campeonatos de España, Copas de la Reina, Copas del Rey o equivalentes incluidos en el calendario de la federación deportiva nacional. Quedan excluidas todas las competiciones relacionadas con el desarrollo de ligas regulares (10 puntos por evento).
    • Play off, siempre y cuando se trate de sede única, en un formato con más de 2 equipos (10 puntos por evento). 
  • Nivel internacional: campeonatos, torneos, copas de carácter internacional (20 puntos por evento). 

h.2. Colaboración en la organización de actividades de la Concejalía de Deportes de Majadahonda y organización de competiciones que aparezcan en el Programa de las Fiestas Patronales (25 puntos por evento).

h.3. Sesiones dentro de Unidades Didácticas de Educación Física en centros educativos del municipio, realizadas en horario lectivo y de forma coordinada con la Concejalía de Deportes (2 puntos por evento).

h.4. Conferencias educativas o eventos de asistencia libre, que fomenten los valores del deporte, así como la participación y promoción de la modalidad deportiva entre los deportistas del municipio (1 punto por evento).

Quedan excluidas sesiones de puertas abiertas, festivales y/o exhibiciones internas, formación de técnicos o de árbitros, partidos amistosos, jornadas de tecnificación y campamentos de verano.

¿Cuándo debe justificarse la subvención?
La justificación, anexos XI a XV, y las facturas, justificantes y recibos bancarios correspondientes, se presentarán en el momento de solicitud de la subvención.
¿Qué documentación debe aportarse para justificar la subvención?
Deberán usarse los anexos XI a XV, además de las correspondientes facturas o documentos acreditativos del gasto en duplicado ejemplar, así como los resguardos bancarios acreditativos del pago que justifiquen los gastos subvencionables.
¿Qué cantidad hay que justificar?

Artículo 5 de las Bases Reguladoras: Compatibilidad con otras ayudas y subvenciones.—Las ayudas reguladas en la presente convocatoria son compatibles con cualquier otra subvención o ayuda que pueda recibir el beneficiario de cualquier entidad pública y privada, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre y cuando la suma de los importes concedidos no supere el 80 por 100 del coste de las actividades para las que se solicita la subvención.

Si el importe efectivamente justificado fuera inferior al de la subvención concedida, se abonará como máximo la parte proporcional correspondiente al 80% del gasto correctamente justificado. En ningún caso se podrá percibir más del 80% del total del gasto correctamente justificado.

¿Puedo presentar tiquets de caja como justificantes?
En ningún caso se admitirán gastos abonados en metálico.