Control de especies exóticas invasoras

Las especies exóticas invasoras son especies foráneas que han sido introducidas de forma artificial, accidental o voluntariamente, y que después de cierto tiempo consiguen adaptarse al medio y colonizarlo. Se pueden ver representadas especies de los distintos grupos taxonómicos: hongos, plantas, algas, mamíferos, aves, peces, etc.

Las especies autóctonas no han evolucionado en contacto con las especies exóticas invasoras, de manera que en muchos casos no pueden competir con ellas y son desplazadas de su hábitat natural.

En el caso de tener problemas con las especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que habitan en nuestro entorno urbano, puede solicitar la autorización de intervención sobre la especie causante a través del siguiente trámite:

Autorización gestión poblacional

 

Se trata del trámite para la gestión de poblaciones de especies exóticas invasoras en el municipio de Majadahonda.

La solicitud de autorización presentada inicia el oportuno expediente administrativo, que se tramitará por el Servicio de Medio Ambiente Urbano y Rústico, y que, entre otros trámites, incluirá la emisión de Informe Técnico, tras el examen de la documentación presentada, y, en su caso, la realización de visita de inspección, finalizando mediante Resolución del órgano competente, Concejal Delegado de Medio Ambiente y Proyectos Financiables, que se notificará convenientemente a los interesados.

¿Tiene algún coste?
El trámite para la autorización es gratuito.


¿Qué documentos tengo que presentar?

  • Impreso normalizado de solicitud, debidamente cumplimentado. 
  • En caso de representación, deberá acreditarse la misma. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común, dicha representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. Se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la sede electrónica municipal ( https://sede.majadahonda.org/ ).
  • Informe técnico de daños
  • Croquis o plano de situación
  • Anexo fotográfico


¿Dónde puedo solicitar la autorización?

  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
  • Presencialmente, en el Registro de cualquier administración pública que tenga convenio de Ventanilla Única, o en las oficinas de correos, mediante ORVE al código digital de destino L01280800
  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda o del Registro Electrónico General de la AGE (firmando la solicitud con certificado digital o DNI electrónico)
  • En los registros referidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si el formulario se envía a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico


DOCUMENTOS:

Normativa Aplicable